De la revisión del recurso de casación, se extraen los siguientes motivos
c)El 24 de noviembre de 2014 (fs. 892), fue notificado el recurrente con el referido Auto de Vista y el 4 de diciembre del mismo año, interpuso recurso de casación.
II. DE LOS MOTIVOS DEL RECURSO DE CASACIÓN
De la revisión del recurso de casación, se extraen los siguientes motivos:
1)El recurrente denuncia, defecto absoluto por violación al debido proceso, porque el Auto de Vista impugnado, no respondió los tres motivos y argumentos del recurso de apelación restringida en forma motivada y fundamentada, infringiendo el art. 398 del Código de Procedimiento Penal (CPP), ingresando en error in iudicando al no haber analizado el fondo de la apelación restringida, de acuerdo a la Sentencia Constitucional Plurinacional 2483/2012 de 3 de diciembre, citando al efecto los Autos Supremos 431 de 15 de octubre de 2005 y 411 de 20 de octubre de 2006
- De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente
- De la revisión del recurso de casación, se extraen los siguientes motivos
- 2)Arguye, que el Auto de Vista impugnado, fue dictado fuera del plazo legal de 20
- Finalmente, en base al defecto absoluto denunciado, pide admitir el recurso de casación se disponga
- El art
- En este contexto, el art
- i)Interposición del recurso de casación dentro de los cinco días siguientes a la notificación con
- ii)Invocación del precedente contradictorio a tiempo de la interposición del recurso de apelación restringida, debiendo
- iii)Como única prueba admisible se acompañará copia del recurso de apelación restringida, pues el precedente
- El precepto legal contenido en el citado art
- Por mandato de lo previsto en la primera parte del art
- La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida por el art
- Regístrese, hágase saber y devuélvase.
