Auto Supremo AS/0360/2015
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0360/2015

Fecha: 27-Oct-2015

CONSIDERANDO I: Que, tramitado el proceso social, la Juez de Partido Cuarto de Trabajo y

VISTOS: El recurso de casación en el fondo y en la forma de fs. 534 a 544 interpuesto la Enrique René Ayala Quispe, impugnando el Auto de Vista Nº 931 de 18 de diciembre de 2014, cursante de fs. 531 a 532, pronunciado por la Sala Social y Administrativa del Tribunal Departamental de Justicia de Santa Cruz, dentro del proceso social seguido por Augusto Gutiérrez Gutiérrez contra la empresa Flota Pullman Bolivia, representada por Enrique René Ayala, el auto de fs. 547 que concedió el recurso, los antecedentes del proceso y;
CONSIDERANDO I: Que, tramitado el proceso social, la Juez de Partido Cuarto de Trabajo y Seguridad Social de Santa Cruz, pronunció Sentencia Nº 13 de 14 de marzo de 2013, cursante de fs. 482 a 485, declarando improbada la excepción perentoria de pago documentado, al evidenciarse que el demandado únicamente acreditó pagos parciales con los recibos de fs. 68, 69 y 71, que se toman en cuenta como pagos parciales por concepto de salarios devengados, conforme los argumentos del numeral 7 de la parte considerativa; asimismo, probada la demanda de fs. 13 a 15 y vta. Con costas, disponiendo que la empresa demandada, a través de su representante, pague a tercero día, a favor del actor, la suma de Bs.140.323,5.-, por concepto de beneficios sociales, de acuerdo a la liquidación contenida en la parte dispositiva, más actualizaciones y reajustes dispuestos por ley