Regístrese, notifíquese y devuélvase
POR TANTO: La Sala Contenciosa y Contenciosa Administrativa, Social y Administrativa Segunda del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida por los arts. 184.1 de la CPE y 42.I.1 de la Ley del Órgano Judicial Nº 025 de 24 de junio de 2010, declara: INFUNDADO el recurso de casación en el fondo de fs. 169 a 174, interpuesto por la Empresa de Servicios de Limpieza “CONFORT”, representada por Carlos Javier Abastoflor Sauma. Con costas.
Regístrese, notifíquese y devuélvase
Regístrese, notifíquese y devuélvase
- Auto Supremo Nº 379/2015
- Expediente: SC-CA.SAII-CHUQ.184/2015
- Distrito: Chuquisaca
- En grado de apelación, interpuesta por la empresa demandada por memorial de fs
- CONSIDERANDO II: Que, así planteado el recurso de casación en el fondo, ingresando a su
- En ese marco, en el caso de análisis, de la compulsa de los antecedentes que
- Consiguientemente, en mérito a los fundamentos expuestos, no siendo evidente el argumento traído por el
- Regístrese, notifíquese y devuélvase
- FIRMADO: Dr. Fidel Marcos Tordoya Rivas
- ANTE MÍ. Abog. Tyrone Cuellar Sánchez.
