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    Auto Supremo AS/0730/2015
    Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

    Auto Supremo AS/0730/2015

    Fecha: 05-Oct-2015

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    Vista, DOCUMENTO COMPLETO
    • CONSIDERANDO I
    • Contra dicha resolución, J
    • En el caso presente, la parte recurrente cuestiona el Auto de Vista Nº 327/2011 de
    • Asimismo, conforme a la naturaleza del instituto, la disposición legal anterior citada, debe interpretarse en
    • En el propósito anterior debe tenerse en cuenta que la esfera competencial del Tribunal de
    • En ese marco, el Tribunal de casación se encuentra limitado a verificar y corregir en
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    • Así entonces y teniendo en cuenta que es el cumplimiento de los requisitos de procedencia
    • En efecto, el Art
    • Consiguientemente, conforme a lo expuesto, cuando se persigue la casación de una resolución de grado
    • Para mejor comprender lo anterior expuesto, es necesario recordar que conforme se tiene doctrinalmente admitido,
    • Sobre éste particular tiene dicho el Tribunal de casación que: “constituye causal recursiva en grado
    • Siguiendo el razonamiento anterior y teniendo en cuenta que en línea de principio toda decisión
    • En el presente caso, el recurrente se limita a acusar indebida valoración o apreciación de
    • Por los criterios expuestos, corresponde resolver el recurso de casación, en la forma que prevén
    • POR TANTO: La Sala Contenciosa y Contenciosa Adm
    • Regístrese, notifíquese y devuélvase

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