Regístrese, comuníquese y devuélvase
POR TANTO: La Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia del Estado Plurinacional de Bolivia, con la facultad conferida por el art. 42.I num. 1) de la Ley Nº 025 y arts. 271 num. 2) y 273 del Código de Procedimiento Civil declara INFUNDADO el recurso de casación de fs. 292 a 293 y vta., interpuesto por Leonardo Tórrez Ferrufino y Bertha Cardozo de Tórrez, contra del Auto de Vista Nº REG/S.CII/ZGC/ASEN.335/15.09.2011. Con costas.
Se regula honorario del abogado de la parte demandada en la suma de Bs. 1.000.-
Regístrese, comuníquese y devuélvase
Se regula honorario del abogado de la parte demandada en la suma de Bs. 1.000.-
Regístrese, comuníquese y devuélvase
- ANTECEDENTES DEL PROCESO
- DE LOS HECHOS QUE MOTIVAN LA IMPUGNACIÓN
- Refiere que el Auto de Vista como la Sentencia soslayan la corrección de los hechos
- Asimismo refiere que la pretensión impugnatoria se sustenta en los arts
- Por lo que solicitan se deje sin efecto el Auto de Vista impugnado
- FUNDAMENTOS DE LA RESOLUCIÓN
- Por lo expuesto, corresponde emitir Resolución en base al art
- Regístrese, comuníquese y devuélvase
- Relator: Mgdo. Rómulo Calle Mamani.
