De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente
I. ANTECEDENTES DEL PROCESO
De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente:
a) Por Sentencia de 11 de diciembre de 2009 (fs. 203 a 213 vta.), el Tribunal Tercero de Sentencia de la Corte Superior del Distrito de Cochabamba, declaró al imputado Richard Cruz Herbas, autor de la comisión de los delitos de Violación de Niña, Niño, Adolescente y Lesiones Graves y Leves, previstos y sancionados por el art. 308 Bis. con la agravante del art. 310 incs. 4) y 7), ambos del CP, imponiendo la pena de veinticinco años de presidio sin derecho a indulto a cumplir en el penal de “El Abra”, con costas.
b) Contra la mencionada Sentencia, el imputado Richard Cruz Herbas formuló recurso de apelación restringida (fs. 217 a 221 vta.), resuelto por Auto de Vista de 23 de junio de 2015 (fs. 315 a 320), dictado por la Sala Penal Tercera del Tribunal Departamental de Justicia de Cochabamba, que declaró improcedente el recurso planteado y confirmó la Sentencia impugnada.
c) El 7 de septiembre de 2015 (fs. 321), fue notificado el recurrente con el referido Auto de Vista y el 10 del mismo mes y año, interpuso el recurso de casación que es motivo del presente análisis de admisibilidad
- Por memorial presentado el 10 de septiembre de 2015, cursante de fs
- De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente
- Del memorial de fs. 325 a 328, se extrae el siguiente motivo
- El art
- Dentro de ese mismo contexto, el art
- iii) Como única prueba admisible se acompañará copia del recurso de apelación restringida, pues
- El precepto legal contenido en el citado art
- Sin embargo, existen situaciones de flexibilización de los requisitos de admisibilidad del recurso de casación
- Este entendimiento, no implica que el recurrente se limite en el recurso de casación a
- Cabe destacar que esta doctrina de flexibilización de los requisitos de admisibilidad y permisibilidad de
- Con relación al primer requisito respecto al plazo para la interposición del recurso de casación,
- Respecto a los demás requisitos, se tiene que el recurrente denuncia que el Auto de
- No obstante a lo señalado, ante la alegación de vulneración de derechos constitucionales como a
- Regístrese, hágase saber y cúmplase
- SALA PENAL DEL TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA
