Respecto a los demás requisitos, se tiene que el recurrente denuncia que el Auto de
Respecto a los demás requisitos, se tiene que el recurrente denuncia que el Auto de Vista impugnado es incongruente en su redacción, ya que simplemente realiza una redacción y copia del memorial de alzada, que en su parte de fundamentos jurídicos al referirse a su alegato de inobservancia del art. 124 del CPP, considera que no fue fundamentada correctamente y que no puede subsanar de oficio; sin embargo declara su improcedencia, afirmando que con ello se incurrió en la vulneración de sus derechos a la seguridad jurídica, defensa, igualdad jurídica y “principio” del debido proceso. Sobre este motivo, se observa que el recurrente no cumple con la carga procesal de invocar los precedentes presuntamente contradictorios con relación al Auto de Vista impugnado, menos explica de manera clara, precisa y debidamente fundamentada, cuál la contradicción con relación a lo determinado en el Auto de Vista ahora impugnado, incumpliendo de esta forma con los requisitos formales de admisibilidad, previstos por los arts. 416 y 417 del CPP
- Por memorial presentado el 10 de septiembre de 2015, cursante de fs
- De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente
- Del memorial de fs. 325 a 328, se extrae el siguiente motivo
- El art
- Dentro de ese mismo contexto, el art
- iii) Como única prueba admisible se acompañará copia del recurso de apelación restringida, pues
- El precepto legal contenido en el citado art
- Sin embargo, existen situaciones de flexibilización de los requisitos de admisibilidad del recurso de casación
- Este entendimiento, no implica que el recurrente se limite en el recurso de casación a
- Cabe destacar que esta doctrina de flexibilización de los requisitos de admisibilidad y permisibilidad de
- Con relación al primer requisito respecto al plazo para la interposición del recurso de casación,
- Respecto a los demás requisitos, se tiene que el recurrente denuncia que el Auto de
- No obstante a lo señalado, ante la alegación de vulneración de derechos constitucionales como a
- Regístrese, hágase saber y cúmplase
- SALA PENAL DEL TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA
