Auto Supremo AS/0703/2015-RA
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0703/2015-RA

Fecha: 30-Nov-2015

De la revisión del recurso de casación, se extrae el siguiente motivo


II. DEL MOTIVO DEL RECURSO DE CASACIÓN

De la revisión del recurso de casación, se extrae el siguiente motivo:

El recurrente alega que el Tribunal de alzada en los puntos III.3 y III.4 del Auto de Vista, resolvió el motivo de su recurso de apelación restringida, referido a que no existiría una prueba científica de certeza de la existencia de droga; había argumentado que el acta de prueba de campo, ha sido obtenida de forma lícita, y que fue ofrecida oportunamente e incorporada a juicio, y su valoración se sujetó a lo previsto por el art. 173 del Código de Procedimiento Penal (CPP); sin considerar que, el fin del agravio planteado en su recurso de apelación restringida, fue hacer notar que el A quo hizo una valoración de manera subjetiva, ya que no existiría prueba científica que establezca la existencia de la droga de manera incontrastable; y por otro lado, en los fundamentos del Ad quem en el punto III.3, habría hecho referencia al propósito de quebrantar la libertad sexual: hechos que a decir del recurrente son contrarios a lo dispuesto por los Autos Supremos 278/2012-RRC de 31 de octubre, 172/2012-RRC de 24 de julio, 41/2014 de 26 de febrero, 142/2013 de 28 de mayo, los cuales fueron transcritos parcialmente, y 374/2013 de 20 de agosto y 271/2013 de 17 de octubre