Por memorial presentado el 28 de agosto del 2015, cursantes de fs
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
SALA PENAL
AUTO SUPREMO Nº 703/2015-RA
Sucre, 30 de noviembre de 2015
Expediente : Tarija 53/2015
Parte Acusadora : Ministerio Público
Parte Imputada : Antonio Ávila Vedia
Delito : Transporte de Sustancias Controladas en Grado de Complicidad
RESULTANDO
Por memorial presentado el 28 de agosto del 2015, cursantes de fs. 395 a 397, Antonio Ávila Vedia, interpone recurso de casación impugnando el Auto de Vista 20/2013 de 10 de junio, de fs. 247 a 250, pronunciado por la Sala Penal Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de Tarija, dentro del proceso penal seguido por el Ministerio Público contra el recurrente, por la presunta comisión del delito de Transporte de Sustancias Controladas en Grado de Complicidad, previsto y sancionado por los arts. 55 con relación al 76 de la Ley del Régimen de la Coca y Sustancias Controladas (Ley 1008)
SALA PENAL
AUTO SUPREMO Nº 703/2015-RA
Sucre, 30 de noviembre de 2015
Expediente : Tarija 53/2015
Parte Acusadora : Ministerio Público
Parte Imputada : Antonio Ávila Vedia
Delito : Transporte de Sustancias Controladas en Grado de Complicidad
RESULTANDO
Por memorial presentado el 28 de agosto del 2015, cursantes de fs. 395 a 397, Antonio Ávila Vedia, interpone recurso de casación impugnando el Auto de Vista 20/2013 de 10 de junio, de fs. 247 a 250, pronunciado por la Sala Penal Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de Tarija, dentro del proceso penal seguido por el Ministerio Público contra el recurrente, por la presunta comisión del delito de Transporte de Sustancias Controladas en Grado de Complicidad, previsto y sancionado por los arts. 55 con relación al 76 de la Ley del Régimen de la Coca y Sustancias Controladas (Ley 1008)
- Por memorial presentado el 28 de agosto del 2015, cursantes de fs
- a) Desarrollado la audiencia de juicio oral y público, por Sentencia 32/2010 de
- b) Contra la mencionada Sentencia, el imputado formulo recurso de apelación restringida (fs
- c) El 21 de agosto de 2015 (fs
- De la revisión del recurso de casación, se extrae el siguiente motivo
- El art
- En este contexto, el art
- iii) Como única prueba admisible se acompañará copia del recurso de apelación restringida, pues
- El precepto legal contenido en el citado art
- En cuanto al cumplimiento de los demás requisitos de admisibilidad, en el único motivo de
- Regístrese, hágase saber y devuélvase
- SALA PENAL DEL TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA
