Auto Supremo AS/1009/2015
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/1009/2015

Fecha: 16-Nov-2015

Al efecto el Tribunal de Alzada en el segundo considerando de la Resolución hoy impugnada,

Al efecto el Tribunal de Alzada en el segundo considerando de la Resolución hoy impugnada, cursante a fs. 332; con relación a la custodia de la hija menor, ha expresado de manera textual lo siguiente: “En cuanto a la custodia de la hija menor, se tiene por el demandado que la misma se encuentra bajo su custodia, extremo que no puede tenerse como acreditado dado que al tiempo de la interposición de la demandada ambos cónyuges habitaban el mismo inmueble, por otra parte si bien el informe social de fs. 228- 235 sugiere que la custodia sea otorgada al padre, no es menos cierto que por el interés superior de la niña, por su condición de mujer y además de padecer de una enfermedad que conlleva una atención especializada, que solo la madre por su condición de tal, puede brindarla debe otorgársele la tutela….” De la interpretación del presente acápite, se tiene que el Ad quem si ha considerado el informe social Nº 437/09 de 03 de agosto de 2009 emitido por la Trabajadora Social del Programa de Asistencia Social, dependiente del Gobierno Departamental de Santa Cruz