Con relación a la vulneración del derecho a la tutela procesal efectiva prevista por el
Con relación a la vulneración del derecho a la tutela procesal efectiva prevista por el art. 115 de la C.P.E. diremos, que la citada disposición constitucional señala: “I. Toda persona será protegida oportuna y efectivamente por los jueces y tribunales en el ejercicio de sus derechos e intereses legítimos. II. El estado garantiza el debido proceso, a la defensa y a una justicia plural, pronta, oportuna, gratuita, transparente y sin dilaciones”
- ANTECEDENTES DEL PROCESO
- Como medidas previas, solicita la separación de cuerpo, tenencia de los hijos y en
- Citada la demandada, responde negando la demanda en todas sus partes, solicita la tenencia de
- Sustanciado el proceso el Juez Sexto de Partido de Familia de la ciudad de Santa
- Contra esa Resolución de primera instancia y Auto complementario de 24 de mayo de 2010,
- Del contenido del Recurso de Casación se tiene lo siguiente
- Acusa que el Auto de Vista objeto del presente recurso carecería de motivación, señalando que
- Acusa el recurrente vulneración del derecho a la tutela procesal efectiva prevista por el art
- Habiendo sido comprobadas las infracciones, solicita se le conceda el recurso de casación en le
- De la revisión del memorial de recurso de casación interpuesto por el demandante, se advierte
- Del análisis del recurso de apelación y contratación con el Auto de Vista impugnado, se
- Al efecto el Tribunal de Alzada en el segundo considerando de la Resolución hoy impugnada,
- Con relación a la vulneración del derecho a la tutela procesal efectiva prevista por el
- De la revisión de actuados procesales, se advierte que el caso en cuestión se ha
- Por lo expuesto, este Tribunal de casación emite Resolución en la manera que determina el
- POR TANTO: La Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia del Estado Plurinacional de Bolivia,
- Regístrese, comuníquese y devuélvase
- Relatora: Mgda. Rita Susana Nava Duran.
