Por memorial presentado el 30 de octubre de 2015, cursante de fs
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
SALA PENAL
AUTO SUPREMO Nº 731/2015-RA
Sucre, 02 de diciembre de 2015
Expediente: Oruro 22/2015
Parte Acusadora: Hilarión La Fuente Chávez
Parte Imputada: Pastor La Fuente Chávez
Delito : Despojo
RESULTANDO
Por memorial presentado el 30 de octubre de 2015, cursante de fs. 138 a 143 vta., Hilarión La Fuente Chávez, interpone recurso de casación impugnando el Auto de Vista 18/2015 de 22 de octubre de fs. 129 a 131 vta., pronunciado por la Sala Penal Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de Oruro, dentro del proceso penal seguido por el recurrente contra Pastor La Fuente Chávez, por la presunta comisión del delito de Despojo, previsto y sancionado por el art. 351 del Código Penal (CP)
SALA PENAL
AUTO SUPREMO Nº 731/2015-RA
Sucre, 02 de diciembre de 2015
Expediente: Oruro 22/2015
Parte Acusadora: Hilarión La Fuente Chávez
Parte Imputada: Pastor La Fuente Chávez
Delito : Despojo
RESULTANDO
Por memorial presentado el 30 de octubre de 2015, cursante de fs. 138 a 143 vta., Hilarión La Fuente Chávez, interpone recurso de casación impugnando el Auto de Vista 18/2015 de 22 de octubre de fs. 129 a 131 vta., pronunciado por la Sala Penal Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de Oruro, dentro del proceso penal seguido por el recurrente contra Pastor La Fuente Chávez, por la presunta comisión del delito de Despojo, previsto y sancionado por el art. 351 del Código Penal (CP)
- Por memorial presentado el 30 de octubre de 2015, cursante de fs
- De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente
- c) or diligencia de 23 de octubre del 2015 (fs
- El recurrente acusa que el Auto de Vista impugnado, no se pronunció de manera fundamentada
- El art
- En este contexto, el art
- i) Interposición del recurso de casación dentro de los cinco días siguientes a
- ii) Invocación del precedente contradictorio a tiempo de la interposición del recurso de apelación
- iii)Como única prueba admisible se acompañará copia del recurso de apelación restringida, pues el precedente
- El precepto legal contenido en el citado art
- En el caso de autos, el recurso fue interpuesto dentro del plazo previsto por la
- Por otra parte, se advierte que el recurrente invoca el Auto Supremo 461/2012 de 10
- La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida por el art
- Regístrese, hágase saber y cúmplase
- SALA PENAL DEL TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA
