b) Contra la mencionada Sentencia, el Ministerio Público (fs
b) Contra la mencionada Sentencia, el Ministerio Público (fs. 177 a 179 vta.) y la parte querellante (fs. 172 a 175), interpusieron recursos de apelación restringida, que previa subsanación por el acusador público (fs. 214 y vta.), fueron resueltos por Auto de Vista 25/2015 de 23 de septiembre, dictado por la Sala Penal Primera del Tribunal Departamental de Justicia de Potosí, que declaró procedente en parte el primer recurso y anuló la Sentencia apelada, ordenado la reposición del juicio por el Tribunal Segundo de Sentencia del Tribunal Departamental de Justicia de Potosí
- Por memorial presentado el 20 de octubre de 2015, cursante de fs
- De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente
- b) Contra la mencionada Sentencia, el Ministerio Público (fs
- c) Por diligencia de 13 de octubre de 2015 (fs
- De la revisión del recurso de casación, se extraen los siguientes motivos
- En este contexto, el art
- iii) Como única prueba admisible se acompañará copia del recurso de apelación restringida, pues
- El precepto legal contenido en el citado art
- Con relación al plazo para la interposición del recurso de casación, se establece que el
- Regístrese, hágase saber y cúmplase
- SALA PENAL DEL TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA
