De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente
I. ANTECEDENTES DEL PROCESO
De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente:
a) Por Sentencia 27/2015 de 2 de enero (fs. 159 a 163), el Tribunal Primero de Sentencia del Tribunal Departamental de Justicia de Potosí, declaró al imputado Luis Moreira Terrazas, absuelto de pena y culpa del delito de Estafa, previsto y sancionado por el art. 335 del CP, ordenado la cesación de todas las medidas cautelares impuestas en el caso
- Por memorial presentado el 20 de octubre de 2015, cursante de fs
- De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente
- b) Contra la mencionada Sentencia, el Ministerio Público (fs
- c) Por diligencia de 13 de octubre de 2015 (fs
- De la revisión del recurso de casación, se extraen los siguientes motivos
- En este contexto, el art
- iii) Como única prueba admisible se acompañará copia del recurso de apelación restringida, pues
- El precepto legal contenido en el citado art
- Con relación al plazo para la interposición del recurso de casación, se establece que el
- Regístrese, hágase saber y cúmplase
- SALA PENAL DEL TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA
