Por otra parte, si bien el recurrente denuncia la vulneración de su derecho a la
Por otra parte, si bien el recurrente denuncia la vulneración de su derecho a la defensa y al debido proceso; sin embargo, al explicar cómo hubiere sido lesionado su derecho, manifestó: “El hecho de haber sido aprehendido por el simple hecho de ser pasajeros casuales de los camiones donde se transportaba la mercadería comisada, se han violado las reglas del debido proceso; y, peor aún someternos al procedimiento inmediato, sin darnos tiempo para preparar nuestra defensa y pese a que no somos autores”; argumento, que resulta incoherente y ajeno a los antecedentes del proceso; por otra parte, si bien, también denuncia, que se hubiere valorado una prueba que jamás fue judicializada; empero, el recurrente tampoco refiere qué prueba hubiere sido valorada sin haber sido judicializada, para que con ese dato este Tribunal pueda ingresar a verificar si la denuncia resulta evidente o no, aspecto que no puede ser suplido de oficio, con lo que tampoco se cumple con los presupuestos de flexibilización establecidos por este Tribunal y explicados en el acápite IV, de este Auto Supremo
- Del memorial de recurso de casación, el recurrente previamente, reclama que el Auto de Vista
- El art
- En este contexto, el art
- iii) Como única prueba admisible se acompañará copia del recurso de apelación restringida, pues
- El precepto legal contenido en el citado art
- IV. SUPUESTOS DE FLEXIBILIZACIÓN A LOS REQUISITOS DE ADMISIBILIDAD DEL RECURSO DE CASACIÓN
- Los datos estadísticos sobre el movimiento de causas penales en este Tribunal Supremo, demuestran la
- También precisó que este entendimiento, no implica que el recurrente se limite en el recurso
- Cabe destacar que esta doctrina de flexibilización de los requisitos de admisibilidad y permisibilidad de
- Ahora bien, en armonía con los criterios referidos, este Tribunal considera necesario precisar las siguientes
- Denuncia de falta de debida fundamentación o incongruencia omisiva
- Denuncia respecto a la valoración de la prueba
- Sobre este reclamo, corresponde señalar que el recurrente por una parte refiere, que el Tribunal
- Por otra parte si bien como refiere el recurrente al inicio de su recurso, este
- En cuanto, a la invocación de los Autos Supremos 179 de 7 de febrero de
- Por otra parte, si bien el recurrente denuncia la vulneración de su derecho a la
- La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida en el art
- Regístrese, hágase saber y devuélvase
- SALA PENAL DEL TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA
