Regístrese, comuníquese y devuélvase
POR TANTO: La Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida por el art. 42.I num. 1) de la Ley del Órgano Judicial de fecha 24 de junio de 2010, y en aplicación de los arts. 271 num. 1) y 272 del Código de Procedimiento Civil, declara IMPROCEDENTE el recurso de casación interpuesto por Domingo Zabala Gonzales contra el Auto de Vista Nº 19/2011 de fecha 31 de enero de 2011, pronunciado por la Sala Civil Tercera de la entonces Corte Superior de Justicia de La Paz. Sin costas por no haber sido respondido el recurso.
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- Partes: Domingo Zabala Gonzales. c/ Ana María Casazola Soto
- Proceso: Daños y Perjuicios
- Distrito: La Paz
- CONSIDERANDO I:
- Contra esa Sentencia de primera instancia el demandante, dentro el plazo legal interpuso recurso de
- Concedido el indicado recurso la Sala Civil Tercera de la entonces Corte Superior de
- CONSIDERANDO II:
- Por último señala que el recurso de casación ha sido instituido para buscar la uniforme
- CONSIDERANDO III:
- En base a los fundamentos expuestos, corresponde a este Tribunal fallar conforme establece los arts
- Regístrese, comuníquese y devuélvase
- Relator: Mgdo. Rómulo Calle Mamani
