Auto Supremo AS/0033/2015-RA-L
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0033/2015-RA-L

Fecha: 04-Feb-2015

De la revisión del recurso de casación, se extrae el siguiente motivo


c)El 23 de noviembre de 2009 (fs. 143), fue notificada la recurrente con el referido Auto de Vista y el 26 del mismo mes y año, interpuso recurso de casación.

II. DEL MOTIVO DEL RECURSO DE CASACIÓN

De la revisión del recurso de casación, se extrae el siguiente motivo:

La recurrente denuncia, vulneración al principio de la sana crítica por no haberse realizado un trabajo intelectual conforme a la lógica y la experiencia del juzgador, emitiéndose un fallo sin la debida justificación. Asimismo, señala que se generó un agravio por la restricción de no haberse dado lectura y haberse judicializado las pruebas que se había presentado (cuaderno de investigaciones), generando una franca violación al ordenamiento jurídico y al principio de trascendencia, consecuentemente, existe una actividad procesal defectuosa afectando derechos constitucionales, tratados internacionales y ello constituye un agravio, que contradice el sistema acusatorio expresado en el art. 169 inc. 3) del Código de Procedimiento Penal (CPP), para el efecto cita los Autos Supremos 101 y 102 ambos de 1 de abril de 2005.
III. REQUISITOS QUE HACEN VIABLE LA ADMISIÓN DEL RECURSO DE
CASACIÓN

El art. 180.II de la Constitución Política del Estado (CPE), garantiza el principio de impugnación en los procesos judiciales, que se constituye a su vez en una garantía judicial conforme lo determinan los arts. 8.2 inc. h) de la Convención Americana de Derechos Humanos y 14.5 del Pacto Internacional de los Derechos Civiles y Políticos; debiendo los sujetos procesales, a tiempo de interponer los distintos recursos que la norma adjetiva prevé, observar las condiciones de tiempo y forma establecidas por la ley conforme la disposición contenida en el art. 396 inc. 3) del CPP