Por memorial presentado el 28 de octubre de 2009 cursante de fs
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
SALA PENAL
AUTO SUPREMO Nº 050/2015-RA-L
Sucre, 04 de febrero de 2015
Expediente: Oruro 62/2009
Parte acusadora: Ministerio Público y otro
Parte imputada: Iván Marcelo Atahuichi Huaygua
Delito: Lesiones Gravísimas
RESULTANDO
Por memorial presentado el 28 de octubre de 2009 cursante de fs. 117 a 118 vta., Juvenal Mollo Calle, interpone recurso de casación impugnando el Auto de Vista 29/2009 de 16 de octubre, de fs. 105 a 107, pronunciado por la Sala Penal Segunda de la entonces Corte Superior de Justicia del Distrito de Oruro hoy Tribunal Departamental de Justicia, dentro del proceso penal seguido por el Ministerio Público y el recurrente contra Iván Marcelo Atahuichi Huaygua por la presunta comisión del delito de Lesiones Gravísimas, previsto y sancionado por el art. 270 inc. 2) del Código Penal (CP)
SALA PENAL
AUTO SUPREMO Nº 050/2015-RA-L
Sucre, 04 de febrero de 2015
Expediente: Oruro 62/2009
Parte acusadora: Ministerio Público y otro
Parte imputada: Iván Marcelo Atahuichi Huaygua
Delito: Lesiones Gravísimas
RESULTANDO
Por memorial presentado el 28 de octubre de 2009 cursante de fs. 117 a 118 vta., Juvenal Mollo Calle, interpone recurso de casación impugnando el Auto de Vista 29/2009 de 16 de octubre, de fs. 105 a 107, pronunciado por la Sala Penal Segunda de la entonces Corte Superior de Justicia del Distrito de Oruro hoy Tribunal Departamental de Justicia, dentro del proceso penal seguido por el Ministerio Público y el recurrente contra Iván Marcelo Atahuichi Huaygua por la presunta comisión del delito de Lesiones Gravísimas, previsto y sancionado por el art. 270 inc. 2) del Código Penal (CP)
- Por memorial presentado el 28 de octubre de 2009 cursante de fs
- De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente
- De la revisión del recurso de casación, se extrae el siguiente motivo
- El art
- En este contexto, el art
- iii) Como única prueba admisible se acompañará copia del recurso de apelación restringida,
- El precepto legal contenido en el citado art
- En cuanto al cumplimiento de los demás requisitos de admisibilidad, se establece que la recurrente
- La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida en el art
- Regístrese, hágase saber y devuélvase
- SALA PENAL DEL TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA
