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    Auto Supremo AS/0109/2015-RA
    Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

    Auto Supremo AS/0109/2015-RA

    Fecha: 12-Feb-2015

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    • Por memorial presentado el 9 de enero de 2015, cursante de fs
    • De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente
    • c)Notificado el recurrente con la mencionada Resolución el 2 de enero de 2015 (fs
    • De los argumentos expuestos en el recurso de casación, se extrae el siguiente motivo
    • Por todo ello califica que la Sentencia incurrió en el defecto previsto en el art
    • El art
    • los precedentes invocados, sea por haberse aplicado normas distintas o una misma norma con diverso
    • ii)Invocación del precedente contradictorio a tiempo de la interposición del recurso de apelación restringida, debiendo
    • iii) Como única prueba admisible se acompañará copia del recurso de apelación restringida, pues el
    • El precepto legal contenido en el citado art
    • Los datos estadísticos sobre el movimiento de causas penales en este Tribunal Supremo, demuestran la
    • También precisó que este entendimiento, no implica que el recurrente se limite en el recurso
    • Constitucional en la Sentencia Constitucional 1112/2013 de 17 de julio, al señalar que guarda conformidad
    • Ahora bien, en armonía con los criterios referidos, este Tribunal considera necesario precisar las siguientes
    • Denuncia de falta de debida fundamentación o incongruencia omisiva
    • Denuncia respecto a la valoración de la prueba
    • De acuerdo a lo dispuesto por el art
    • Con relación al único agravio denunciado, relativo a la falta de consideración de parte del
    • Adicionalmente a lo establecido, es preciso aclarar que el Auto Supremo 12 de 26 de
    • Por último, es preciso señalar que no obstante este Tribunal determinó la posibilidad de aperturar
    • La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida en el art
    • Regístrese, hágase saber y devuélvase.

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