Auto Supremo AS/0124/2015-RA
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0124/2015-RA

Fecha: 27-Feb-2015

Respecto a los demás requisitos de admisibilidad, se tiene que el recurrente de manera precisa


Respecto a los demás requisitos de admisibilidad, se tiene que el recurrente de manera precisa denuncia que el Tribunal de alzada no se pronunció sobre todos los puntos alegados en la apelación restringida, de manera específica con relación a la errónea aplicación de la ley sustantiva vinculada a los elementos constitutivos del tipo de despojo y a las declaraciones prestadas por los imputados, en el ámbito de su denuncia de existencia de los defectos de Sentencia, previstos en el art. 370 incs. 1 ) y 5) del CPP; al efecto, cita como precedente contradictorio el Auto Supremo 8 de 26 de enero de 2007 y de manera aún escueta, precisa que la contradicción emerge de la incongruencia omisiva en la que hubiese incurrido el Tribunal de alzada; en cuyo mérito, corresponde ingresar al análisis de fondo del presente recurso, dejando constancia que la invocación del precedente resulta oportuna en casación, teniendo en cuenta que el hecho generador se hubiese producido con la emisión del Auto de Vista impugnado