Auto Supremo AS/0211/2015-RA
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0211/2015-RA

Fecha: 30-Mar-2015

En cuanto, a la invocación de las Sentencias Constitucionales 0702/2011-R, 0112/2010-R de 10 de mayo,


En cuanto, a la invocación de las Sentencias Constitucionales 0702/2011-R, 0112/2010-R de 10 de mayo, 714/2007 de 17 de agosto, 0742/2010-R de 26 de julio, 691/2010 de 19 de julio, 0174/2011-R de 11 de marzo, 0112/2010-R de 10 de mayo y 1748/2003-R de 1 de diciembre, 0493/2002 de 30 de abril, corresponde señalar que, en el marco de una correcta interpretación del art. 416 del CPP, las mismas, no tienen la calidad de precedentes contradictorios; no siendo válido el acudir a jurisprudencia constitucional a objeto del cumplimiento de la cita de precedente y explicación de contradicción que exige la ley