Regístrese, notifíquese y devuélvase
POR TANTO: La Sala Contenciosa y Contenciosa Administrativa, Social y Administrativa Segunda del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida por el art. 184.1 de la Constitución Política del Estado y 42 I.1 de la Ley del Órgano Judicial, declara INFUNDADO el recurso de casación en el fondo de fs.117 a 119. Con costas.
Se regula honorario profesional, en la suma de Bs.500.-, que mandará efectivizarse su pago por el tribunal ad quem.
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Se regula honorario profesional, en la suma de Bs.500.-, que mandará efectivizarse su pago por el tribunal ad quem.
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- Auto Supremo Nº 92/2015
- Expediente: SSA.II-LP.478/2014
- Distrito: La Paz
- Magistrado Relator: Dr. Gonzalo Miguel Hurtado Zamorano
- El referido auto de vista, motivó que el demandado interponga el recurso de casación en
- Que el tribunal de alzada si bien estableció que la relación laboral se dio a
- CONSIDERANDO II: Que, así planteado el recurso de casación en el fondo, ingresando a su
- Por lo expuesto, se concluye que no resulta evidente las denuncias acusadas por el recurrente,
- Regístrese, notifíquese y devuélvase
- FIRMADO: Dr. Fidel Marcos Tordoya Rivas
- ANTE MÍ. Abog. Tyrone Cuellar Sánchez.
