De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente
I. ANTECEDENTES DEL PROCESO
De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente:
a) En mérito a la acusación pública (fs. 6 a 11), desarrollada la audiencia de juicio oral, el Tribunal Cuarto de Sentencia de la ciudad de El Alto del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz, pronunció la Sentencia S-150/2012 de 10 de octubre (fs. 716 a 719 vta.), por la que declaró a la imputada Alicia Cama Condori, autora y culpable por la comisión del delito de Tráfico de Sustancias Controladas, previsto y sancionado por el art. 48 con relación al art. 33 inc. m) de la Ley 1008, condenándola a la pena privativa de libertad de 13 años de presidio, a ser cumplida en el Centro de Orientación Femenina de Obrajes de la ciudad de La Paz, más la multa de (10.000) diez mil días, cuantificables a un boliviano por día, así como daños y costas al Estado a calificarse en ejecución de Sentencia
- Por memorial presentado el 4 de diciembre de 2014, cursante de fs
- De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente
- c) Notificada la imputada con el referido Auto de Vista el 27 de noviembre de
- De la revisión del recurso de casación, se extrae el siguiente motivo
- Dentro de ese mismo contexto, el art
- iii) Como única prueba admisible se acompañará copia del recurso de apelación restringida, pues el
- Con relación al plazo para la interposición de recurso de casación, la recurrente fue notificada
- En lo que corresponde al motivo denunciado, la recurrente señala que el Auto de Vista
- La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida en el art
- Regístrese, hágase saber y cúmplase
- SALA PENAL DEL TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA
