Por consiguiente, al constarse que con el Auto Motivado AGIT-RJ 0019/2015 de 19 de febrero
Por consiguiente, al constarse que con el Auto Motivado AGIT-RJ 0019/2015 de 19 de febrero de 2015, la empresa representada por el impetrante fue notificada el 25 de febrero de 2015, hasta el 22 de mayo de 2015, fecha de presentación de la demanda, transcurrieron menos de los 90 días que exige el art. 780 del C.P.C.; por lo que la misma se encuentra dentro de plazo para ser admitida, siempre que se hubieran cumplido los requisitos de admisibilidad exigidos por Ley
- Expediente: 134/2015
- Magistrado Relator: Dr. Gonzalo Miguel Hurtado Zamorano
- CONSIDERANDO I: Que, la Empresa “ENTEL S
- b)Respecto del Recurso de Reposición previsto en el art
- Por consiguiente, al constarse que con el Auto Motivado AGIT-RJ 0019/2015 de 19 de febrero
- Con carácter previo a disponer lo que corresponda, el demandante deberá
- -Señalar las generales y domicilio del tercer interesado con el objeto de su legal notificación,
- Al efecto se le otorga el plazo de quince días computables a partir de su
- Para la notificación, procédase conforme el art. 84.I del Código Procesal Civil
- Regístrese, notifíquese y cúmplase
- FIRMADO: Dr. Fidel Marcos Tordoya Rivas
- ANTE MÍ. Abog. Tyrone Cuellar Sánchez.
