b) Contra la mencionada Sentencia, los imputados Fernando Ticona Balajar y Elba Sonya Aquino Cantuta,
b) Contra la mencionada Sentencia, los imputados Fernando Ticona Balajar y Elba Sonya Aquino Cantuta, interpusieron recurso de apelación restringida (fs. 460 a 465), resuelto por Auto de Vista 177/2010 de 31 de marzo (fs. 482 a 484.), pronunciado por la Sala Penal Primera de la entonces Corte Superior del Distrito Judicial de La Paz, que declaró improcedente el recurso y confirmó la Sentencia impugnada
- Por memorial presentado el 10 de mayo de 2010, cursante de fs
- De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente
- b) Contra la mencionada Sentencia, los imputados Fernando Ticona Balajar y Elba Sonya Aquino Cantuta,
- c) Notificados los imputados Fernando Ticona Balajar y Elba Sonya Aquino Cantuta con el referido
- De la revisión del recurso de casación, se extrae el siguiente motivo
- El art
- En este contexto, el art
- iii) Como única prueba admisible se acompañará copia del recurso de apelación restringida, pues el
- El precepto legal contenido en el citado art
- En el caso de autos, respecto al primer requisito del recurso de casación, se constata
- Por otra parte, para respaldar la denuncia relativa a la falta de fundamentación del Auto
- La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida en el art
- Regístrese, hágase saber y cúmplase
- SALA PENAL DEL TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA
