Auto Supremo AS/0238/2015-RA-L
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0238/2015-RA-L

Fecha: 03-Jun-2015

De la revisión de los antecedentes venidos en casación, se establece lo siguiente


I. ANTECEDENTES DEL PROCESO

De la revisión de los antecedentes venidos en casación, se establece lo siguiente:

a) En mérito a la acusación particular presentado por Eduardo Javier Carrasco Calvimonte (fs. 160 a 166 vta.), una vez concluida la audiencia de juicio oral, el Juez Cuarto de Sentencia de la entonces Corte Superior del Distrito Judicial de Santa Cruz, pronunció la Sentencia 09/2009 de 06 de octubre (fs. 288 a 292), por la que declaró al imputado Eduardo Almendras Lazarte, autor y responsable de la comisión del delito de Giro de Cheque en Descubierto, previsto y sancionado por el art. 204 del CP, condenándole a la pena privativa de libertad de tres años y seis meses de reclusión en el Centro de Rehabilitación de “Palmasola”, sección varones, de la ciudad de Santa Cruz, más la multa de treinta días a razón de Bs. 10.- (diez bolivianos 00/100) por día en favor del Estado y costas a favor del querellante a ser calificados en ejecución de Sentencia