Regístrese, hágase saber y devuélvase
Por otro lado, llama la atención la notificación al recurrente con el Auto de Vista impugnado, después de transcurridos tres años y cuatro meses, aspecto que asimismo denota la falta de control de parte de los integrantes del Tribunal de alzada respecto al trabajo de su personal dependiente.
POR TANTO
La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida en el art. 418 del CPP, declara INADMISIBLE el recurso de casación interpuesto por Efraín Yucra Mollo, de fs. 222.
Regístrese, hágase saber y devuélvase
- Por memorial presentado el 30 de mayo de 2014, cursante a fs
- De la revisión del recurso de casación, se extrae el siguiente motivo
- En este contexto, el art
- iii) Como única prueba admisible se acompañará copia del recurso de apelación restringida, pues el
- El precepto legal contenido en el citado art
- En el caso de autos, se establece que el 23 de mayo de 2014, el
- En cuanto al cumplimiento de los requisitos de fondo, el recurrente a tiempo de formular
- De lo expuesto precedentemente, se establece que el recurso de casación deducido, por las falencias
- Regístrese, hágase saber y devuélvase
- SALA PENAL DEL TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA
