Auto Supremo AS/0444/2015
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0444/2015

Fecha: 17-Jun-2015

Regístrese, comuníquese y devuélvase

Por lo expuesto corresponde emitir fallo en aplicación del art. 271 num. 2) del Código de Procedimiento Civil.

POR TANTO: La Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia del Estado Plurinacional de Bolivia, con la facultad conferida por el art. 42.I num. 1) de la Ley del Órgano Judicial de 24 de junio de 2010 y en aplicación de los arts. 271 num. 2) y 273 del Código de Procedimiento Civil declara INFUNDADO, el recurso de casación de fs. 139 a 140 vta., interpuesto por Walter Gómez Crespo contra el Auto de Vista signado con la Resolución Nº 327/2013 de 9 de diciembre de 2013 que cursa de fs. 135 y vta. Con costas.
Se regula honorario del abogado del actor en la suma de Bs. 1.000.-
Se llama la atención al Oficial de Diligencias y a la Secretaria de la Sala Civil Tercera del Tribunal emisor del Auto de Vista, el primero por haber demorado de manera innecesaria la notificación con la resolución de segunda instancia a las partes y a la Secretaria de la misma sala por no haber controlado las labores de su subalterno.
Regístrese, comuníquese y devuélvase