Auto Supremo AS/0189/2015-L
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0189/2015-L

Fecha: 29-Jul-2015

En consecuencia conforme lo expuesto, no siendo evidentes los reclamos efectuados en el recurso de

En ese entendido, el recurrente al presentar una nueva demanda bajo el argumento de que la anterior solo se refería al reajuste de salarios, equivoca su pretensión, toda vez que el juez a quo como el tribunal ad quem advertidos de lo manifestado supra, han actuado conforme a derecho al declarar improbada la demanda, y probada la excepción de cosa juzgada al existir otro proceso concluido por ejecutoria de auto de vista e identidad de las partes, causa y objeto.
En consecuencia conforme lo expuesto, no siendo evidentes los reclamos efectuados en el recurso de casación, corresponde resolver de acuerdo a lo establecido en los arts. 271. 2) y 273 del Código de Procedimiento Civil, aplicables por mandato del art. 252 del Código Procesal del Trabajo