De la revisión de antecedentes, se tiene que el presente recurso de casación fue presentado
IV. ANÁLISIS SOBRE EL CUMPLIMIENTO DE DICHOS REQUISITOS
De la revisión de antecedentes, se tiene que el presente recurso de casación fue presentado dentro del plazo de cinco días y ante la Sala que lo dictó, teniendo en cuenta que el ahora recurrente, fue notificado con el Auto de Vista impugnado el 17 de junio de 2010 (fs. 114), y el 22 del mismo mes y año presento su recurso de casación; cumpliendo de esta manera, con lo preceptuado por el art. 417 del CPP
- Por memorial presentado el 22 de junio de 2010, cursante de fs
- b) Contra la mencionada Sentencia, el acusador particular, Gustavo Hernando Cruz Vargas, interpuso recurso de
- c) Notificado el querellante Gustavo Hernando Cruz Vargas con el referido Auto de Vista el
- De la revisión del recurso de casación, se extrae el siguiente motivo
- El art
- En este contexto, el art
- iii) Como única prueba admisible se acompañará copia del recurso de apelación restringida, pues el
- El precepto legal contenido en el citado art
- De la revisión de antecedentes, se tiene que el presente recurso de casación fue presentado
- En cuanto a la denuncia de que la Sentencia absolutoria emitida por el Juez Primero
- Previo a ingresar al análisis del caso concreto corresponde señalar que la labor de este
- En virtud a lo cual, corresponde a quien recurre de casación, motivar en términos claros
- En ese entendido, de la revisión de los agravios denunciados por el recurrente se puede
- En virtud a lo señalado, habiéndose evidenciado que en la presente causa se omitió la
- La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida en el art
- Regístrese, hágase saber y devuélvase
- SALA PENAL DEL TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA
