Por memorial presentado el 22 de junio de 2010, cursante de fs
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
SALA PENAL
AUTO SUPREMO Nº 328/2015-RA-L
Sucre, 06 de julio de 2015
Expediente : La Paz 103/2010
Parte Acusadora : Gustavo Hernando Cruz Vargas
Parte Imputada : Yerka Soliz de Estenssoro
Delitos : Calumnia y otro
RESULTANDO
Por memorial presentado el 22 de junio de 2010, cursante de fs. 116 a 117 vta., Gustavo Hernando Cruz Vargas, interpone recurso de casación, impugnando el Auto de Vista 125/2010 de 1 de junio, cursante de fs. 111 a 113, pronunciado por la Sala Penal Tercera de la entonces Corte Superior del Distrito Judicial de La Paz, dentro del proceso penal seguido por el recurrente contra Yerka Soliz de Estenssoro, por la presunta comisión de los delitos de Calumnia e Injuria, previstos y sancionados por los arts. 283 y 287 del Código Penal (CP), respectivamente
SALA PENAL
AUTO SUPREMO Nº 328/2015-RA-L
Sucre, 06 de julio de 2015
Expediente : La Paz 103/2010
Parte Acusadora : Gustavo Hernando Cruz Vargas
Parte Imputada : Yerka Soliz de Estenssoro
Delitos : Calumnia y otro
RESULTANDO
Por memorial presentado el 22 de junio de 2010, cursante de fs. 116 a 117 vta., Gustavo Hernando Cruz Vargas, interpone recurso de casación, impugnando el Auto de Vista 125/2010 de 1 de junio, cursante de fs. 111 a 113, pronunciado por la Sala Penal Tercera de la entonces Corte Superior del Distrito Judicial de La Paz, dentro del proceso penal seguido por el recurrente contra Yerka Soliz de Estenssoro, por la presunta comisión de los delitos de Calumnia e Injuria, previstos y sancionados por los arts. 283 y 287 del Código Penal (CP), respectivamente
- Por memorial presentado el 22 de junio de 2010, cursante de fs
- b) Contra la mencionada Sentencia, el acusador particular, Gustavo Hernando Cruz Vargas, interpuso recurso de
- c) Notificado el querellante Gustavo Hernando Cruz Vargas con el referido Auto de Vista el
- De la revisión del recurso de casación, se extrae el siguiente motivo
- El art
- En este contexto, el art
- iii) Como única prueba admisible se acompañará copia del recurso de apelación restringida, pues el
- El precepto legal contenido en el citado art
- De la revisión de antecedentes, se tiene que el presente recurso de casación fue presentado
- En cuanto a la denuncia de que la Sentencia absolutoria emitida por el Juez Primero
- Previo a ingresar al análisis del caso concreto corresponde señalar que la labor de este
- En virtud a lo cual, corresponde a quien recurre de casación, motivar en términos claros
- En ese entendido, de la revisión de los agravios denunciados por el recurrente se puede
- En virtud a lo señalado, habiéndose evidenciado que en la presente causa se omitió la
- La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida en el art
- Regístrese, hágase saber y devuélvase
- SALA PENAL DEL TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA
