CONSIDERANDO: Que, habiéndose formulado dentro del plazo legal establecido la solicitud de complementación y enmienda,
CONSIDERANDO: Que, habiéndose formulado dentro del plazo legal establecido la solicitud de complementación y enmienda, y conforme lo determinado por el art. 196 parágrafo II del CPC, procede la complementación, explicación y enmienda a petición de parte, cuando existe algún concepto oscuro, palabra dudosa u omisión en la resolución pronunciada
