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    Auto Supremo AS/0473/2015-RA
    Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

    Auto Supremo AS/0473/2015-RA

    Fecha: 10-Jul-2015

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    • Por memoriales presentados el 21 de abril y 15 de mayo de 2015, cursantes de
    • De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente
    • b) La mencionada Sentencia, fue objeto de apelación restringida por Francisca Lafuente Huiza de Condori
    • c) Notificadas con la Resolución de alzada, Gladiz Villca Mamani Vda
    • De los memoriales de los recursos de casación, se extraen los siguientes motivos
    • El único fundamento esgrimido por el Auto de Vista recurrido para anular la Resolución, fue
    • Como precedentes contradictorios cita los Autos Supremos 161/2012 de 17 de julio y 3/2013 de
    • En el Considerando III “num
    • Por otro lado, del actuado judicial de conciliación y de la declaración de los testigos
    • Con relación a la denuncia de vulneración del principio de inocencia, argumentó que sobre la
    • Cita como jurisprudencia la contenida en las Gacetas Judiciales 1157, p
    • El art
    • En este contexto, el art
    • i) Interposición del recurso de casación dentro de los cinco días siguientes a la notificación
    • ii) Invocación del precedente contradictorio a tiempo de la interposición del recurso de apelación restringida,
    • iii) Como única prueba admisible se acompañará copia del recurso de apelación restringida, pues el
    • El precepto legal contenido en el citado art
    • Conforme dispone el art
    • En el caso de la acusada, fue notificada con el Auto de Vista recurrido el
    • Como único agravio, expuesto por la recurrente, principalmente cuestiona los argumentos por los cuales el
    • Al respecto, invocó como jurisprudencia resoluciones contenidas en la Gaceta Judicial, emitidas dentro de procesos
    • Con relación al Auto Supremo 43 de 27 de enero de 2007, que establece la
    • Regístrese, hágase saber y cúmplase
    • SALA PENAL DEL TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA

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