Auto Supremo AS/0504/2015-RA
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0504/2015-RA

Fecha: 20-Jul-2015

El art


II. DEL MOTIVO DEL RECURSO DE CASACIÓN

De la revisión del recurso de casación, se extrae el siguiente motivo:

Previa la relación de argumentos que dieron origen a la emisión de la Sentencia absolutoria emitida por el Juzgado Tercero de Sentencia, la recurrente señala que, a pesar que inicialmente el Auto de Vista de 12 de junio de 2014, en su considerando tercero establece que esa instancia no es el medio jerárquico para revalorizar prueba ni revisar cuestiones de hecho; en su quinto considerando asume una posición que implica una revalorización de la prueba e incluso instruye al juez que se haga cargo del nuevo juicio, que dicte una Sentencia condenatoria en su contra; cita como precedentes contradictorios los Autos Supremos 221 de 3 de julio de 2006 y 134/2013 de 20 de mayo. “Por lo expuesto pido se sirva darle eltrámite de rigor para que el tribunal supremo de justicia admita el presente recurso de casación y nulidad para que una vez compulsados los antecedentes anule el auto de vista de fecha 12 de junio de 2014 dictado por la sala Segunda del tribunal departamental de justicia” (sic)

III. REQUISITOS QUE HACEN VIABLE LA ADMISIÓN DEL RECURSO DE CASACIÓN

El art. 180.II de la Constitución Política del Estado (CPE), garantiza el principio de impugnación en los procesos judiciales, que se constituye a su vez en una garantía judicial conforme lo determinan los arts. 8.2 inc. h) de la Convención Americana de Derechos Humanos y 14.5 del Pacto Internacional de los Derechos Civiles y Políticos; debiendo los sujetos procesales, a tiempo de interponer los distintos recursos que la norma adjetiva prevé, observar las condiciones de tiempo y forma establecidas por la ley conforme la disposición contenida en el art. 396 inc. 3) del Código de Procedimiento Penal (CPP)