En cuanto al cumplimiento de los demás requisitos, se advierte que los recurrentes, en el
En cuanto al cumplimiento de los demás requisitos, se advierte que los recurrentes, en el primer y segundo motivo, en los que denuncian, en primer lugar, que el Auto de Vista impugnado se basó en un precedente que no es análogo al caso de autos por tener como bien jurídico protegido el honor y no la propiedad; y en segundo lugar, porque la resolución impugnada carece de fundamentación; omitieron invocar precedente contradictorio y en consecuencia tampoco señalaron la posible contradicción entre los precedentes que debieron ser invocados y los motivos traídos en casación, por lo que los mismos devienen en inadmisibles por incumplimiento de los requisitos previstos por los arts. 416 y 417 del CPP
- De la revisión del recurso de casación, se extraen los siguientes motivos
- En este contexto, el art
- iii) Como única prueba admisible se acompañará copia del recurso de apelación restringida, pues el
- El precepto legal contenido en el citado art
- Ahora bien, un supuesto de flexibilización de los requisitos del recurso de casación que permite
- Este entendimiento, no implica que el recurrente se limite en el recurso de casación a
- En el caso de autos, se establece que el 12 y 13 de mayo de
- En cuanto al cumplimiento de los demás requisitos, se advierte que los recurrentes, en el
- En relación al tercer motivo, los recurrentes reclaman que el Tribunal de alzada incurrió en
- La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida en el art
- Regístrese, hágase saber y cúmplase
- SALA PENAL DEL TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA
