CONSIDERANDO: Que, Frank Luís Fernández Ortiz, Director Ejecutivo Nacional de la Asociación de Protección a
VISTOS: El recurso de compulsa de fs. 39 a 44, interpuesto por la Asociación de Protección a la Salud “PROSALUD”, representada por Frank Luís Fernández Ortiz, contra el Auto Nº 175/2015 SSA-CCA-II de 13 de julio de 2015 de fs. 32, por el que se niega la concesión del recurso de casación interpuesto contra el Auto Interlocutorio Nº 065/2015 S.S.A. II de 06 de mayo de 2015, emitido por la Sala Social y Administrativa, Contenciosa y Contenciosa Administrativa Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz, dentro del proceso laboral seguido por Wilfredo Félix Mostajo Valdivieso, contra la entidad compulsante, los antecedentes del legajo procesal, el informe del Magistrado Fidel Marcos Tordoya Rivas y;
CONSIDERANDO: Que, Frank Luís Fernández Ortiz, Director Ejecutivo Nacional de la Asociación de Protección a la Salud “PROSALUD”, mediante memorial de fs. 39 a 44, plantea recurso de compulsa contra el Auto Interlocutorio Nº 175/2015 SSA-CCA-II de 13 de julio de 2015 de fs. 32, por el que la Sala compulsada niega el recurso de casación promovido por la entidad compulsante y declara la ejecutoria de la Resolución Nº 065/2015 S.S.A. II cursante a fs. 144 a 145 del expediente principal, que resolvió el incidente de nulidad planteado por la parte demandada dentro del proceso social seguido por Wilfredo Félix Mostajo Valdivieso, contra PROSALUD
- Auto Supremo Nº 244/2015
- Expediente: SC-CA.SAII-LP.270/2015
- Distrito: La Paz
- CONSIDERANDO: Que, Frank Luís Fernández Ortiz, Director Ejecutivo Nacional de la Asociación de Protección a
- El compulsante, alega que a raíz del memorial de reposición presentado por el actor Wilfredo
- Concluyó, solicitando se declare legal el recurso de compulsa y se ordene la radicatoria del
- CONSIDERANDO: Que el recurso de compulsa está abierto para determinar si la negativa de la
- Que según prevé el art
- Complementariamente a lo anotado, el tribunal de apelación, solo puede negar el recurso de casación
- Regístrese, notifíquese y devuélvase
- FIRMADO: Dr. Fidel Marcos Tordoya Rivas
- ANTE MÍ. Abog. Tyrone Cuellar Sánchez.
