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    Auto Supremo AS/0244/2015
    Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

    Auto Supremo AS/0244/2015

    Fecha: 24-Ago-2015

    Que según prevé el art

    Que según prevé el art. 283 del Código de Procedimiento Civil (CPC) aplicable a la materia, el recurso de compulsa procede en los siguientes casos:
    1.- Por negativa indebida del recurso de apelación;
    2.- Por haberse concedido la apelación sólo en el efecto devolutivo, debiendo ser en el suspensivo; y
    3.- Por negativa indebida del recurso de casación
    • Auto Supremo Nº 244/2015
    • Expediente: SC-CA.SAII-LP.270/2015
    • Distrito: La Paz
    • CONSIDERANDO: Que, Frank Luís Fernández Ortiz, Director Ejecutivo Nacional de la Asociación de Protección a
    • El compulsante, alega que a raíz del memorial de reposición presentado por el actor Wilfredo
    • Concluyó, solicitando se declare legal el recurso de compulsa y se ordene la radicatoria del
    • CONSIDERANDO: Que el recurso de compulsa está abierto para determinar si la negativa de la
    • Que según prevé el art
    • Complementariamente a lo anotado, el tribunal de apelación, solo puede negar el recurso de casación
    • Regístrese, notifíquese y devuélvase
    • FIRMADO: Dr. Fidel Marcos Tordoya Rivas
    • ANTE MÍ. Abog. Tyrone Cuellar Sánchez.

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