Auto Supremo AS/0430/2015-RA-L
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0430/2015-RA-L

Fecha: 04-Ago-2015

c) Notificado el recurrente con el Auto de Vista impugnado el 1 de diciembre de


I. ANTECEDENTES DEL PROCESO

a) Desarrollada la audiencia de juicio oral y público, por Sentencia 03 de 20 de abril de 2010, el Juez Segundo de Sentencia del Distrito Judicial de Cochabamba, declaró a Miguelina Caero Molina, absuelta del delito de Estafa, previsto y sancionado por el art. 335 del CP.

b) Contra la mencionada Sentencia de 20 de abril de 2010, el acusador particular, formuló recurso de apelación restringida (fs. 92 a 93 vta.), resuelto por Auto de Vista de 11 de noviembre de 2010 emitido por la Sala Penal Primera de la entonces Corte Superior del Distrito Judicial de Cochabamba, que declaró improcedente el citado recurso y confirmó la Sentencia apelada.

c) Notificado el recurrente con el Auto de Vista impugnado el 1 de diciembre de 2010 (fs. 119), interpuso recurso de casación el 7 del mismo mes y año, cuyos argumentos son motivo del presente análisis de admisibilidad