Auto Supremo AS/0430/2015-RA-L
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0430/2015-RA-L

Fecha: 04-Ago-2015

De la revisión del recurso de casación, se extrae el siguiente motivo


II. DEL MOTIVO DEL RECURSO DE CASACIÓN

De la revisión del recurso de casación, se extrae el siguiente motivo:

El recurrente haciendo remembranza de los motivos de su recurso de apelación restringida, los cuales estuvieron fundados en la presunta existencia de los defectos previstos por los incs. 1) y 5) del art. 370 del Código de Procedimiento Penal (CPP), el primero, porque a decir del recurrente en juicio se probó la comisión y elementos del tipo penal de Estafa; y, el segundo, porque la Sentencia no estaría fundamentada y motivada, pues de manera escueta se había pronunciado “resolución condenatoria” en su contra, y “porque el A quo se remitió única y exclusivamente al testimonio de la imputada para absolverla de pena y culpa”: Denuncia que el Auto de Vista carece de promoción de saneamiento procesal, labor que debió realizar de oficio al amparo del art. 15 de la Ley del Órgano Judicial (LOJ)