Auto Supremo AS/0554/2015-RA
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0554/2015-RA

Fecha: 24-Ago-2015

Del primer motivo, relativo a que el Auto de Vista impugnado no contempla ni considera


V. ANÁLISIS SOBRE EL CUMPLIMIENTO DE DICHOS REQUISITOS

En el presente caso, se establece que el 16 de junio de 2015, la recurrente fue notificada con el Auto de Vista impugnado y el 23 del mismo mes y año, formuló el presente recurso de casación; es decir, dentro del plazo de cinco días hábiles siguientes a su legal notificación, cumpliendo el requisito temporal previsto por el art. 417 del CPP.

Del primer motivo, relativo a que el Auto de Vista impugnado no contempla ni considera la fundamentación oral que efectuó de su recurso, constituyéndose en defecto absoluto no susceptible de convalidación, se dilucida que la recurrente no cumple con la carga procesal de exponer en qué consiste la contradicción existente entre la Resolución impugnada con los varios Autos Supremos que invoca como precedentes contradictorios, en los términos exigidos por el art. 417 del CPP; es decir, la exposición de hechos similares, el sentido jurídico distinto que habría asignado el Auto de Vista recurrido, no existiendo ni un mínimo de trabajo de contraste que exige la ley, lo que hace inviable la consideración de los mismos en calidad de precedentes, como pretende la recurrente