Auto Supremo AS/0554/2015-RA
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0554/2015-RA

Fecha: 24-Ago-2015

El art


Como segundo motivo, arguye que interpuso apelación restringida por inexistencia de elementos probatorios y una defectuosa valoración de la prueba, a cuyo efecto arguye que el Auto de Vista impugnado, hizo referencia a que la Sentencia cuenta con una adecuada fundamentación fáctica, probatoria, descriptiva e intelectiva y suficiente fundamentación jurídica sobre lo debatido en la audiencia del juicio oral, para determinar la existencia del delito de Injuria; sin embargo, a criterio de la recurrente, por el principio de inmediación, el Tribunal de alzada debió establecer en el Auto de Vista, la defectuosa valoración de la prueba y ante la existencia de duda razonable debió pronunciar nueva Sentencia declarándola absuelta de toda responsabilidad por el delito de Injuria; que al no haber procedido de este modo, contradijo los Autos Supremos 088 de 18 de marzo de 2008, 167 de 4 de julio de 2012, 176 de 16 de julio de 2012 y 342 de 28 de agosto de 2006.

III. REQUISITOS QUE HACEN VIABLE LA ADMISIÓN DEL RECURSO DE CASACIÓN

El art. 180.II de la CPE, garantiza el principio de impugnación en los procesos judiciales como expresión de la determinación contenida en los arts. 8.2 inc. h) de la Convención Americana sobre Derechos Humanos y 14.5 del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos, correspondiendo a los sujetos procesales observar, a tiempo de interponer un recurso que la norma adjetiva prevé, observar las condiciones de tiempo y forma establecidas por la ley conforme la disposición contenida en el art. 396 inc. 3) del CPP