POR TANTO: La Contenciosa y Contenciosa Adm
POR TANTO: La Contenciosa y Contenciosa Adm., Social y Adm. Primera del Tribunal Supremo de Justicia, prevista en el numeral 1 del art. 262 del Código de Procedimiento Civil fue adecuada a derecho, declara ILEGAL el recurso de compulsa interpuesto por Alexandra Verástegui Padilla. Con costas y multa para la compulsante, equivalente a tres días del haber básico mensual de la autoridad compulsada, conforme el art. 296 del CPC, aplicable por mandato del art. 252 del Código Procesal del Trabajo, que mandará pagar el Ad quem
- Departamental de Justicia de La Paz
- Alexandra Verástegui Padilla propietaria del Centro de Estética ROSEMARIE PADILLA SPA, a través del memorial
- Conforme a lo expuesto, ésta Sala considera que el Tribunal de apelación, al declarar la
- POR TANTO: La Contenciosa y Contenciosa Adm
- Regístrese, notifíquese y devuélvase.
