Auto Supremo AS/0612/2015-RA-L
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0612/2015-RA-L

Fecha: 17-Sep-2015

De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente


I. ANTECEDENTES DEL PROCESO

De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente:

a) Desarrollada la audiencia de juicio oral, por Sentencia 013/2010 de 14 de septiembre (fs. 395 a 409), la Juez Segundo de Sentencia de la Corte Superior de La Paz, declaró a Lourdes Quisberth Palacios, autora de la comisión del delito de Daño Simple previsto y sancionado por el art. 357 del CP imponiéndole la pena de ocho meses de reclusión, más multa de cincuenta días a razón de diez bolivianos por día, costas y daños a calificarse en ejecución de Sentencia. Asimismo, absuelve de culpa y pena a Ángel Arteaga Gonzáles y Beatriz Escobar Blanco, por el delito de Daño Simple en grado de Complicidad y Encubrimiento.

b) Contra la mencionada Sentencia la imputada formuló recurso de apelación restringida (fs. 419 a 421 vta.), resuelto por Auto de Vista 192/2011 de 7 de octubre emitido por la Sala Penal Tercera de la Corte Superior del Distrito Judicial de La Paz, que declaró improcedente el citado recurso y confirmó la Sentencia apelada