De la revisión del recurso de casación, se extrae el siguiente motivo
II. DEL MOTIVO DEL RECURSO DE CASACIÓN
De la revisión del recurso de casación, se extrae el siguiente motivo:
La recurrente señala que el Auto de Vista carece de fundamentación porque no hizo una correcta y adecuada valoración de los antecedentes de proceso, de las pruebas y fundamentos de su recurso de apelación restringida, en el que denunció: a) errónea aplicación de la ley sustantiva, argumentando que la Juez de instancia basó su Sentencia únicamente en la inspección ocular producida en juicio y las documentales presentadas por los responsables de la Sub Alcaldía, incurriendo de esta manera en defecto absoluto por errónea aplicación del art. 357 del CP, en virtud a que demostró no ser dueña del predio colindante con la propiedad de la parte querellante, en consecuencia no existe prueba fehaciente que demuestre su participación en el hecho; b) ausencia del elemento subjetivo del tipo penal sancionado, que supone la imposibilidad de sancionar el hecho; y c) falta de fundamentación de la Sentencia, pues se remitió a un mero formulismo de estructura sin cumplir el deber esencial de emitir una resolución motivada, lo que genera violación de derechos y garantías constitucionales como son el acceso a una justicia imparcial y el debido proceso, por lo que solicitan se anule la Sentencia y se ordene la reposición del juicio oral por otro juez o tribunal
- Por memorial presentado el 18 de noviembre de 2011, cursante de fs
- De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente
- c) El 16 de noviembre de 2011 (fs
- De la revisión del recurso de casación, se extrae el siguiente motivo
- El art
- En este contexto, el art
- iii) Como única prueba admisible se acompañará copia del recurso de apelación restringida, pues el
- El precepto legal contenido en el citado art
- Este entendimiento, no implica que el recurrente se limite en el recurso de casación a
- En el caso de autos, el recurso de casación fue interpuesto dentro del plazo cinco
- Con relación a los demás requisitos de admisibilidad, la parte recurrente esencialmente denuncia que el
- Consiguientemente, ante el incumplimiento con los requisitos exigidos en los arts
- La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida en el art
- Regístrese, hágase saber y devuélvase
- SALA PENAL DEL TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA
