Fundamenta lo siguiente
Distrito : Santa Cruz
VISTOS: La solicitud de enmienda, aclaración y complementación de fs. 2318 a 2319, formulada por Gerardo Villagómez Roca en representación de la Cooperativa de Telecomunicaciones Santa Cruz (COTAS), respecto del Auto Supremo Nº 570 de 19 de agosto de 2015 de fs. 2314 a 2316 vta., emitido dentro del proceso social de Pago de Beneficios Sociales seguido por Rubén Leandro Del Río Alba y otros contra COTAS; y:
CONSIDERANDO I:
Fundamenta lo siguiente:
1.- Señaló que su recurso de casación en la forma no fue objeto de pronunciamiento expreso, puesto que el Auto Supremo se limitó a señalar que la resolución apelada contiene la fundamentación necesaria y que responde a todos los puntos apelados, pero que en ningún momento hizo un desarrollo para demostrar dicho extremo, afirmando también que si bien la Sentencia no fue ampulosa contenía la debida fundamentación, pero tampoco se explicó donde se encontraba esa motivación, por lo que solicitó se complemente, enmiende y aclare dicho Auto Supremo.
2.- Indicó que en todas las instancia se hizo notar oportunamente que nunca existió relación de dependencia, dado que claramente la relación jurídica que se mantuvo con los demandantes era claramente una distinta a la laboral, lo cual no solamente no fue considerado en casación
VISTOS: La solicitud de enmienda, aclaración y complementación de fs. 2318 a 2319, formulada por Gerardo Villagómez Roca en representación de la Cooperativa de Telecomunicaciones Santa Cruz (COTAS), respecto del Auto Supremo Nº 570 de 19 de agosto de 2015 de fs. 2314 a 2316 vta., emitido dentro del proceso social de Pago de Beneficios Sociales seguido por Rubén Leandro Del Río Alba y otros contra COTAS; y:
CONSIDERANDO I:
Fundamenta lo siguiente:
1.- Señaló que su recurso de casación en la forma no fue objeto de pronunciamiento expreso, puesto que el Auto Supremo se limitó a señalar que la resolución apelada contiene la fundamentación necesaria y que responde a todos los puntos apelados, pero que en ningún momento hizo un desarrollo para demostrar dicho extremo, afirmando también que si bien la Sentencia no fue ampulosa contenía la debida fundamentación, pero tampoco se explicó donde se encontraba esa motivación, por lo que solicitó se complemente, enmiende y aclare dicho Auto Supremo.
2.- Indicó que en todas las instancia se hizo notar oportunamente que nunca existió relación de dependencia, dado que claramente la relación jurídica que se mantuvo con los demandantes era claramente una distinta a la laboral, lo cual no solamente no fue considerado en casación
- Demandado : Cooperativa de Teléfono Santa Cruz Ltda
- Fundamenta lo siguiente
- CONSIDERANDO II
- Que, asimismo del análisis de dichas solicitudes, corresponde manifestar que: este Tribunal Supremo no ha
- POR TANTO: La Sala Contenciosa y Contenciosa Adm
- Al Otrosí 1º. Como se pide
- Al Otrosí 2º. Se tiene presente
- Regístrese, notifíquese y devuélvase
- Firmado
