De la revisión del recurso de casación, se extrae el siguiente motivo
II. DEL MOTIVO DEL RECURSO DE CASACIÓN
De la revisión del recurso de casación, se extrae el siguiente motivo:
El recurrente denuncia, que en el caso de autos se dio énfasis a una botella de SPRITE y no al aspecto central del proceso, luego señala que en el memorial de 14 de abril de 2008, se expresaría que el acusador ahora querellante habría solicitado pagos ilegales, por valor de $us. 5.000.- hecho que no habría sido comprendido por los administradores de justicia, finalmente indica que denunció, que el acusado habría confesado espontáneamente que incurrió en una grabación de una conversación en su oficina, hecho que habría sido de conocimiento del a quo, pero que esta autoridad no habría denunciado a la fiscalía, incumpliendo lo establecido por el art. 286 inc. 1) del Código de Procedimiento Penal (CPP).
III. REQUISITOS QUE HACEN VIABLE LA ADMISIÓN DEL RECURSO DE CASACIÓN
El art. 180.II de la Constitución Política del Estado (CPE), garantiza el principio de impugnación en los procesos judiciales, que se constituye a su vez en una garantía judicial conforme lo determinan los arts. 8.2 inc. h) de la Convención Americana de Derechos Humanos y 14.5 del Pacto Internacional de los Derechos Civiles y Políticos; debiendo los sujetos procesales, a tiempo de interponer los distintos recursos que la norma adjetiva prevé, observar las condiciones de tiempo y forma establecidas por la ley conforme la disposición contenida en el art. 396 inc. 3) del CPP
- Por memorial presentado el 14 de junio de 2011, cursante de fs
- De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente
- c) Notificado el recurrente, con el referido Auto de Vista el 9 de junio de
- De la revisión del recurso de casación, se extrae el siguiente motivo
- En este contexto, el art
- iii) Como única prueba admisible se acompañará copia del recurso de apelación restringida, pues el
- El precepto legal contenido en el citado art
- En el caso de autos, el recurso fue interpuesto dentro del plazo previsto por la
- En este sentido, en el caso de autos, se observa que el recurrente no señala
- La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida en el art
- Regístrese, hágase saber y devuélvase
- SALA PENAL DEL TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA
