Auto Supremo AS/0661/2015-RA-L
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0661/2015-RA-L

Fecha: 21-Sep-2015

En cuanto al cumplimiento de los demás requisitos de admisibilidad, se tiene que en el


En cuanto al cumplimiento de los demás requisitos de admisibilidad, se tiene que en el primer y segundo motivo, básicamente denuncia falta de fundamentación del Auto de Vista, afirmando, que el Tribunal de alzada, “estaba obligado a verificar escrupulosamente el acta del juicio oral” (sic); asimismo, sostiene que los testigos mencionados son inexistentes y que no participaron en el juicio oral; haciendo alusión a la Sentencia arguye que, no existe una declaración que pueda endilgarle de difamaciones, por cuanto, debe explicar el Juez y no así el Tribunal de alzada; del mismo modo infiere que se resolvió extra petita, realizando una consideración que no se circunscribe al reclamo de la parte adversa mencionando otros aspectos de testigos de cargo. Al respeto debemos colegir que la recurrente, se limitó a la transcripción parcial del Auto de Vista recurrido así como de la Sentencia apelada, para señalar de manera genérica los fundamentos de su recurso; además y en lo principal, no invoca precedente contradictorio alguno y en consecuencia, no existe explicación alguna, respecto a cuál la situación de hecho similar y principalmente en qué consistiría la contradicción en relación a lo determinado en el Auto de Vista impugnado, para que este Tribunal, en caso de ser evidente la denuncia efectuada, proceda a enmendar posibles errores y omisiones cometidas por el Tribunal de apelación; pues no es suficiente que en el “Otrosí” de su recurso adjunte precedente contradictorio ya que imposibilita a este Tribunal cumplir con la labor encomendada por el legislador; por lo que, al no haberse cumplido con los presupuestos establecidos en los arts. 416 y 417 del CPP, los motivos devienen en inadmisibles