Por lo anterior y ante la evidencia de que el reclamo formulado por el recurrente
Por lo anterior y ante la evidencia de que el reclamo formulado por el recurrente resulta absolutamente sin fundamento, corresponde emitir Resolución en sujeción a lo previsto por el art. 271 num. 2) del Código de Procedimiento Civil
- CONSIDERANDO I: ANTECEDENTES DEL PROCESO
- En mérito a esos antecedentes la Sala Civil Segunda del Tribunal Departamental de Justica de
- Resolución que dio lugar al recurso de casación y de nulidad interpuesto por parte de
- CONSIDERANDO II: HECHOS QUE MOTIVAN LA IMPUGNACIÓN
- Que reclama sobre el cumplimiento personalísimo de la comunicación, y que el art
- Por lo anterior refiere que en el marco del art
- CONSIDERANDO III: FUNDAMENTOS DE LA RESOLUCIÓN
- Bajo ese antecedente el único reclamo planteado -pues dice estar de acuerdo con todo el
- Por lo anterior y ante la evidencia de que el reclamo formulado por el recurrente
- POR TANTO: La Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia del Estado Plurinacional de Bolivia,
- Regístrese, comuníquese y devuélvase
