POR TANTO: La Sala Plena del Tribunal Supremo de Justicia del Estado Plurinacional de Bolivia
POR TANTO: La Sala Plena del Tribunal Supremo de Justicia del Estado Plurinacional de Bolivia en conformidad al art. 38. I de la Ley 025 y de acuerdo al art. 49. 6) del Código del Procedimiento Penal, DECLARA COMPETENTE al Juez de Instrucción Cuarto de Instrucción en lo Penal de la Capital del Departamento de Chuquisaca
- AUTO SUPREMO: 13/2016
- FECHA:Sucre, 18 de enero de 2016
- EXPEDIENTE Nº:05/2015
- PROCESO:Conflicto de Competencia
- PARTES:Suscitado entre el Juez de Instrucción Mixto Liquidador y Cautelar de Aiquile y el Juez
- VISTOS EN SALA PLENA: El conflicto de competencia suscitado entre el Juez de Instrucción Mixto
- CONSIDERANDO I: El examen de los antecedentes del cuaderno procesal, informan lo siguiente
- 2
- 3
- 4
- CONSIDERANDO II: Que en cuanto a la competencia de esta Sala Plena del Tribunal Supremo
- En el caso en estudio, la Juez de Instrucción Mixto Cautelar-Liquidador de Aiquile promovió el
- Establecido lo anterior, y si bien es evidente que el art
- Ahora bien, en la fundamentación efectuada por la autoridad jurisdiccional que promovió el presente conflicto
- POR TANTO: La Sala Plena del Tribunal Supremo de Justicia del Estado Plurinacional de Bolivia
- Hágase conocer la presente resolución a la Juez Juez de Instrucción Mixto Cautelar-Liquidador de Aiquile
- Sala Plena
