Auto Supremo AS/0015/2016-RA
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0015/2016-RA

Fecha: 18-Ene-2016

En consecuencia, por los fundamentos expuestos, se establece que el presente motivo no cumple con


Con relación al segundo motivo, en el cual reclama, que no hubo pronunciamiento respecto a su reclamo referido a las reglas de la congruencia y “menos a la vulneración al principio de congruencia” (sic); sobre este reclamo, el recurrente, no invocó precedente contradictorio alguno; en consecuencia, tampoco explico la posible contradicción en la que hubiere incurrido el Auto de Vista recurrido respecto a algún precedente, aspecto que imposibilita a este Tribunal efectuar su labor encomendada por ley, sin que la omisión en la que incurrió el imputado pueda ser suplido de oficio, como tampoco señaló la vulneración de algún derecho o garantía constitucional que posibilite el análisis de este motivo por vía de flexibilización.

En consecuencia, por los fundamentos expuestos, se establece que el presente motivo no cumple con los requisitos exigidos por los arts. 416 y 417 del CPP, ni con los presupuestos de flexibilización, deviniendo en inadmisible